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Trabajos a menos de 10 grados: no deje que el frío congele su política preventiva

Posted on : 30-12-2010 | By : expacioweb | In : Formación, General, NotasPrensa, Salud/Belleza, Seguridad

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Contar con trabajadores expuestos a ambientes de trabajo con temperaturas inferiores a 10 grados es suficiente para que su empresa deba realizar una evaluación específica de estos puestos de trabajo. Con la llegada del invierno, esta medida de protección se amplía a otros puestos, por ejemplo los realizados a la intemperie.

Los ambientes de trabajo muy fríos, incluso si se está expuesto a ellos en periodos breves de tiempo, pueden llegar a producir problemas musculares, congelación e hipotermia. Si cuenta con trabajadores que realicen su actividad en ambientes con una temperatura inferior a 10 grados, por ejemplo, a la intemperie o en zonas cerradas como cámaras frigoríficas, tiene la obligación de evaluar estos puestos. El estudio tiene que realizarlo un técnico competente (consúltelo con su servicio de prevención) que determinará, antes de que comiencen los trabajos, la vestimenta más adecuada para realizar actividades en estos espacios, así como el tiempo máximo de permanencia que podrán estar en ellos los trabajadores sin poner en peligro su seguridad y salud.

Ahora bien, además de las indicaciones que le hagan los técnicos, su empresa puede optimizar el trabajo en estos lugares a través de medidas como:

* Someter a un examen médico previo y específico al personal que vaya a trabajar en estos puestos.

* Si en la evaluación se detecta que el nivel de aislamiento Siga leyendo…

Se puede despedir a un delegado de personal por hacer un uso personal de las horas sindicales

Posted on : 30-12-2010 | By : expacioweb | In : General, NotasPrensa, Seguridad

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Ser delegado de personal no significa necesariamente estar blindado frente a un despido ni que la empresa tenga que tolerar todo tipo de abusos por su parte. En una sentencia dictada hace poco más de un mes, un tribunal ha declarado la procedencia del despido de un delegado que utilizaba de forma abusiva el crédito de horas sindicales, admitiendo como pruebas las aportadas por los detectives privados contratados por la empresa.

Utilizar el crédito horario sindical para fines personales constituye un abuso y, por tanto, es causa de despido por trasgresión de la buena fe contractual, sin que la empresa tenga que abonar al delegado de personal ningún tipo de indemnización. Y esto es así aunque para demostrar ese uso fraudulento se haya recurrido a un detective (sent. del TSJ de Murcia de 22.09.10).

Un trabajador que era delegado de personal simultaneaba su trabajo por cuenta ajena con la explotación de un negocio propio de restauración. Ante la sospecha de que estaba utilizando su crédito de horas sindicales para atender su negocio, la empresa contrató a una compañía de detectives para que averiguase si su sospecha era cierta. El seguimiento se limitó a dos ocasiones en que los detectives llamaron al trabajador a su negocio para realizar dos pedidos de comida y fueron al local a recogerlos. En esas dos ocasiones en que el trabajador estaba atendiendo su negocio había informado a su empresa de que iba a faltar para ejercer funciones sindicales.

Con estas pruebas, la compañía despidió Siga leyendo…

Convierta a su empresa en el mejor lugar para trabajar

Posted on : 16-10-2010 | By : expacioweb | In : Comercio, Economía, NotasPrensa

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Muchos expertos aseguran que los trabajadores rinden más y son más productivos cuando el ambiente en los centros de trabajo es agradable y los empleados se sienten realmente valorados por la empresa. Pero, ¿cómo se consigue crear un entorno de trabajo atractivo para los trabajadores? Esta es la estrategia de Unilever, empresa galardonada este año con el premio al mejor lugar para trabajar por el Instituto Great Place to Work, basada en tres pilares:

1.Cultura ganadora: los valores de la empresa deben ir siempre enfocados al éxito, algo que se debe transmitir a los trabajadores. La compañía debe compartir sus objetivos con los empleados. La comunicación entre la empresa y el empleado también es crucial. Por ello, es conveniente crear canales de comunicación entre ambos. Pero, ¿cuáles?

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La liquidación por despido debe incluir la parte proporcional del bonus

Posted on : 16-10-2010 | By : expacioweb | In : Economía

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Si su empresa va a despedir por causas objetivas a un trabajador con el que tenía pactado un bonus por objetivos, no piense que porque el trabajador deje la compañía antes de pagárselo su empresa está libre de incluirlo en la liquidación por despido. El Tribunal Supremo manifiesta en una sentencia reciente que se deberá pagar la parte proporcional de la retribución variable.

Cuando una empresa realiza un despido objetivo, deberá incluir en la liquidación del trabajador la parte proporcional correspondiente a la retribución variable o bonus que le corresponda hasta el último día trabajado (sent. del Tribunal Supremo de 5.04.10).

Una empresa despidió por causas objetivas a tres trabajadores y, aunque los empleados impugnaron los despidos, éstos fueron declarados procedentes. Sin embargo, en la liquidación, la empresa no había tenido en cuenta la parte variable de la retribución que se abonaba en función de los objetivos alcanzados cada año, por lo que los trabajadores interpusieron una demanda reclamando la parte proporcional correspondiente a ese año. La compañía alegó que no se habían establecido los objetivos concretos que debían cumplir los trabajadores en el periodo en que se produjeron los despidos y que, además, la retribución variable se abonaba en la nómina del mes de septiembre de cada año y no en mayo, mes en el que fueron despedidos.

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La empresa puede limitar el uso del e-mail a los representantes de los trabajadores

Posted on : 04-10-2010 | By : expacioweb | In : Comercio, Economía, Internet, NotasPrensa

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El correo electrónico de la empresa puede ser una herramienta muy atractiva para los representantes de los trabajadores, ya que les permite enviar información a todos los trabajadores fácilmente. Sin embargo, el uso de este sistema puede perturbar el trabajo diario de los empleados y perjudicar a la empresa.

La empresa puede limitar el uso del correo electrónico por parte de los representantes de los trabajadores siempre que demuestre que esto perjudica a la actividad de la empresa (sent. de la Audiencia Nacional de 12.07.10).

Los representantes se dirigieron al director de Recursos Humanos solicitándole que se reconociese su derecho a utilizar los medios informáticos de la empresa para comunicarse con sus empleados. El director contestó que estudiaría la demanda, pero estos utilizaron el correo electrónico en varias ocasiones sin permiso, por lo que fueron amonestados.

Entonces, los representantes de los trabajadores demandaron a su empresa por no permitirles utilizar el correo electrónico interno para transmitir información y noticias de interés sindical a los empleados, alegando que el uso de los medios informáticos propiedad de la empresa forma parte del contenido esencial del derecho de libertad sindical.

El argumento de la empresa contra la demanda fue que la mayoría de sus trabajadores no tienen como herramienta de trabajo el ordenador (en cada uno de los centros de trabajo cuentan con 16 ordenadores de uso individual y 40 colectivos) y que el sistema no está preparado para las comunicaciones masivas, ya que cuando se ha utilizado de este modo se ha colapsado. Además, la empresa ha encargado un estudio de costes para adecuar el sistema que supera los 20.000 euros.

Finalmente, se desestima la demanda de los representantes de los trabajadores ya que “la negativa empresarial está fundamentada por resultar su uso perturbador, perjudicial y costoso.

La Audiencia Nacional remarca que los representantes solo podrán utilizar el correo electrónico si cumplen los siguientes requisitos: la comunicación no podrá perturbar la actividad normal de la empresa, además su utilización por parte de los representantes no podrá perjudicar el uso específico para el que se creó, ni podrá ocasionar costes adicionales a la empresa.

CONSEJO: Plantee desde el primer momento cuáles son los límites de uso del correo electrónico por parte de los sindicatos para evitar conflictos. Podría realizar un listado de pautas o normas y comunicarlas a los sindicatos, e incluso realizar dicho listado de forma conjunta con los representantes legales (si en su empresa esto es posible) dejando bien claro que cualquier modificación siempre deberá ser aprobada por la empresa.

Esta vez la Audiencia Nacional se puso de parte de la empresa. Suscríbase a PractiLetter LABORAL y conozca las últimas resoluciones de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior de las Comunidades Europeas… beneficiándose de lo que dicen y teniendo la seguridad completa de estar actuando en cada momento conforme a la última jurisprudencia aplicable a cada caso concreto. Y ésta es sólo una de las ventajas de ser Suscriptor de PractiLetter. Otras son estar siempre al día de las últimas novedades legales en materia laboral, poder utilizar el Archivo Online de documentos exclusivo para Suscriptores o contar con el Servicio de e-Alertas, por el que reciben, vía e-mail, las últimas novedades en materia laboral en el mismo momento en que se publican. Pinche aquí para conocer PractiLetter LABORAL, la publicación que resuelve todas sus dudas laborales y de recursos humanos. Además suscribiéndose hoy recibira como Regalo de Bienvenida el Informe Estratégico con las 17 claves de la Reforma Laboral.

No hay periodo de prueba si el empleado ya trabajó antes en la empresa, aunque sólo fueran dos días

Posted on : 26-09-2010 | By : expacioweb | In : Comercio, Economía, Formación, NotasPrensa

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PREGUNTA: Queremos despedir a un trabajador con un contrato eventual por obra y servicio por no superar su periodo de prueba. Este mismo trabajador estuvo contratado anteriormente en la empresa durante 48 horas. La empresa le dio de alta y baja en la Seguridad Social, pero el contrato fue verbal al ser de duración tan corta. ¿El hecho de que ya hubiera estado en la empresa esos dos días ya anula el periodo de prueba?RESPUESTA: El periodo de prueba será nulo cuando el trabajador haya desempeñado anteriormente

las mismas funciones en la empresa, bajo cualquier modalidad de contrato (art. 14.1 del Estatuto de los Trabajadores). Además, también se considerará nulo, incluso si esa contratación anterior se hizo de forma verbal.En consecuencia, si su empresa extingue el contrato del trabajador alegando que no ha superado el periodo de prueba, el trabajador podría acudir a los tribunales reclamando que se trata de un despido improcedente y podrá demostrar que había trabajado para la empresa en el mismo puesto de trabajo y desarrollando las mismas funciones.

Si no le interesa mantener la relación laboral, puede rescindir el contrato a través del despido express puesto que, al llevar tan poco tiempo, la indemnización no será elevada y no supondrá un grave perjuicio económico para su empresa. Y, además, se ahorrará todos los salarios de tramitación que hubiera tenido que abonar si el trabajador hubiera ido a juicio.

Ésta es una de las múltiples dudas que le pueden surgir en el día a día con su plantilla. www.consultas-laborales.com es la solución: usted envía su consulta a través de la web y nuestro equipo asesor, en un plazo máximo de 48 horas, le responde con la solución más favorable para su empresa. Por sólo 16 euros por consulta, respuestas rápidas, claras y rigurosas que le ayudarán a hacer más fácil su trabajo y pueden ahorrar mucho dinero a su empresa. No deje que las dudas entorpezcan su trabajo y haga click aquí.

Infofeina.com lanza una plataforma innovadora, más accesible, rápida e intuitiva al servicio de empresas y candidatos.

Posted on : 24-05-2009 | By : ndp | In : Hostelería, Informática, Internet

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infofeina2

Después de más de 6 años de trayectoria, este mes de Abril se ha presentado la NUEVA INFOFEINA, una plataforma que incorpora nueva tecnología al servicio de la búsqueda de trabajo y de candidatos.

Infofeina, en su afán de ser un Portal de referencia en Cataluña ha realizado un gran esfuerzo en dinamizar las ofertas de trabajo y que estas sean más accesibles para los usuarios en estas fechas de crisis económica y crecimiento del paro, desarrollando un portal de trabajo donde empresas y candidatos se encuentren con la máxima precisión. Con esta idea, se ha desarrollado un portal con excelentes mejoras.

HERRAMIENTAS PARA CANDIDATOS

Geolocalización de ofertas de trabajo.

Los candidatos pueden realizar búsquedas de trabajo geolocalizadas, pudiendo buscar aquellos puestos de trabajo más cercanos a su domicilio, gracias a la herramienta de geolocalización de ofertas.

Alertas de trabajo personalizadas.

Gracias a la nueva estructura de la base de datos los candidatos pueden configurar las profesiones para recibir las alertas de trabajo  más específicas cuando una empresa disponga de una vacante.

Búscador inteligente

Con el objetivo de mejorar los resultados para los candidatos, Infofeina ha creado un sistema de relevancia mediante un algoritmo que puntúa la calidad de la información de la oferta. Imitando la idea de los buscadores como Google, se ofrecen los resultados en función de la profesión buscada.

Con la combinación de estas 3 nuevas herramientas un usuario puede realizar recibir alertas o buscar directamente en el portal con combinaciones del tipo “Arquitecto en Salt” con un radio de 20 km. y recibir las ofertas de trabajo adecuadas a su búsqueda.

HERRAMIENTAS PARA EMPRESAS

Visibilidad en buscadores.

Las ofertas de trabajo disponen de una visibilidad mayor gracias a la estrategia de posicionamiento en buscadores desarrollada.

Gestión de candidatos más usable.

Con un nuevo sistema de gestión, las empresas pueden gestionar cientos de candidatos en muy poco tiempo, ahorrando tiempo en la selección de los candidatos.

Búsqueda de candidatos según perfiles

Mediante el nuevo sistema de cruce de datos, las empresas disponen de un sistema de búsqueda de candidatos siguiendo unos perfiles adecuados para el puesto. Con esta nueva herramienta, las empresas pueden ofrecer a los candidatos con unas características específicas de experiencia profesional, formación, localidad, etc… una oferta de empleo.

Todo ello se añade a las funcionalidades que siempre a tenido Infofeina, el portal catalán del empleo.

Como siempre, Infofeina es una herramienta totalmente gratuita para los candidatos. Las empresassólo tendrán un coste si quedan satisfechos con el resultado obtenido, es decir: las empresas pueden publicar ofertas de trabajo, recibiendo currículums y si comprueban que las candidaturas se ajustan al perfil que están buscando, entonces pueden obtener los currículums mediante una cuota mínima.

La nueva Infofeina se ha diseñado teniendo en cuenta la experiencia de todos los años de funcionamiento del portal y también a las sugerencias y colaboraciones de usuarios reales de la web, los cuales han estado vitales para la adaptación de todo el servicio a las necesidades reales de los usuarios, tanto de empresas como de candidatos.

www.infofeina.com

Empreses Biz Serveis Professionals SL

C. Bonastruc de Porta, 1r 4a

17001 Girona


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